martes, 7 de diciembre de 2010

POLITICAS DE JUVENTUD

POLITICAS DE JUVENTUD

En el Perú, hablar de jóvenes es referirnos a los más de 7´635.596 de población nacional cuyas características más saltantes son la exclusión, marginalidad y pobreza en la que se encuentra el 72% de ellos[1]. Una realidad que se contradice con el común y manoseado discurso de apoyo y opción por los jóvenes por parte de las autoridades tanto locales, regionales y nacionales; se habla mucho de los y las jóvenes pero en la práctica se hace poco o casi nada por ellos. Programas, proyectos y otras iniciativas a su favor son escasas en las agendas públicas y las pocas que han existido han sufrido lo que Eduardo Morón llama la volatilidad de las políticas públicas en el país, es decir, “un proceso arbitrario, determinado por la voluntad y las preferencias del gobierno de turno o por líderes individuales y fácilmente reversibles en un corto periodo de tiempo”. Surge entonces la necesidad de compatibilizar el discurso por los jóvenes con la acción por ellos. En esto, los propios jóvenes son los primeros llamados a incidir para superar esta contradicción que les afecta directamente.

Es en el 2001, durante el gobierno de transición, que el Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano (PROMUDEH) elabora los primeros lineamientos de políticas de juventudes con la finalidad de promover la incorporación de los y las jóvenes a la vida política, social, económica y cultural del país. Documento que marca el inicio de las agendas juveniles en el país, así como el saldo de una deuda con los jóvenes que buscaba revertir años de olvido del Estado hacia la juventud. Pese a lo que significó, su mayor debilidad de estos lineamientos fue que su elaboración corrió por cuenta de los “expertos” en temas juveniles con escaza participación de los y las jóvenes a lo que le sumamos las características más saltantes de las decisiones públicas en el país: debilidad para hacerlas cumplir.

Al siguiente año, el gobierno de Alejandro Toledo publica la ley del Consejo Nacional de la Juventud 27802, con la que nace una institucionalidad técnica con autonomía y especializada en juventudes: El Consejo Nacional de Juventud (CONAJU), un sistema integrado por la Comisión Nacional de Juventud (CNJ) y el Consejo de participación juvenil (CPJ) con jóvenes miembros de todo el país y con una instancia de coordinación entre los Ministerios, los especialistas y los jóvenes representantes. El CONAJU empieza un nuevo proceso de formulación de lineamientos que a diferencia de las del PROMUDEH significó el mayor esfuerzo de participación e inclusión de la sociedad civil y de los beneficiarios en el desarrollo de una política pública, incluyendo cerca de 25,000 jóvenes y expertos de todas las regiones del país, constituyéndose en los lineamientos más participativos de la historia del país. Sin duda, un proceso que revirtió el estilo tradicional de formular políticas en el país donde la sociedad civil siempre está ausente y las políticas se elaboran según intereses de determinados grupos de poder económico o político sin recoger la opinión e interés de las grandes mayorías. En realidad, la participación de los jóvenes en el proceso impulsado por el CONAJU fue única y peculiar; miles de jóvenes aportando, dialogando entre sí, expresando su apuesta por transformar el futuro. Todos estos aportes dan como resultado final la elaboración del Plan Nacional de Juventudes que fue aprobado y publicado en el 2006.

Pese al gran esfuerzo que significó la elaboración del Plan Nacional de la Juventud y la implementación de la institucionalidad juvenil en el país, el Gobierno de Alan García, argumentando la necesidad de ahorro decide mediante decreto supremo 010-2007 ED que el Ministerio de Educación (MINEDU) absorba el CONAJU y crea la Secretaría Nacional de la Juventud (SNJ) que a diferencia del CONAJU con rango ministerial, es una oficina adscrita al MINEDU. De esta manera, las políticas de juventudes a nivel nacional experimentan un enorme retroceso ya que la SNJ sólo tiene funciones de dirección en varios campos y no de decisión o formulación en temas de juventud.

En el ámbito regional, la cosa es igual o peor. En el 2004 se crea el Consejo Regional de Juventud (COREJU), instancia que desconoció por completo los lineamientos de políticas públicas impulsados por el CONAJU y cuya creación misma se realizó en medio de innumerables críticas por parte de los propios jóvenes entre las que destaca la poca apertura a las juventudes organizadas, la utilización y manipulación partidaria del espacio, así como la incapacidad de quienes se desempeñaban en él. Esto ha traído como consecuencia la deslegitimización de dicha instancia entre los jóvenes así como la irrelevancia, ineficacia e ineficiencia de sus iniciativas a favor del desarrollo de las juventudes de la Región, lo que contribuye, sin duda, a afianzar aun más el divorcio entre las juventudes organizadas y el COREJU.

Esta situación no hace más que remarcar la debilidad de las políticas públicas a favor de los jóvenes en el País y principalmente en la Región que, sin duda, es de alta preocupación ya que el desarrollo del país está marcado por el aporte de su juventud. El Gobierno no sabe qué hacer con los jóvenes y las veces que se ha intentado implementar iniciativas a su favor, éstas han devenido en procesos cortos e intrascendentes sólo a favor de la publicidad estatal y en desmedro del desarrollo de las juventudes del país.

Por otro lado, tenemos que afirmar que esta realidad plantea a los jóvenes la posibilidad para el ejercicio de su ciudadanía y la apuesta por procesos de incidencia que les permita colocar una vez más sus intereses en la agenda pública tanto nacional, regional y local. Ante la indiferencia del Estado, acción de los jóvenes, ante la volatilidad de las políticas apuesta por acoger, participar y hacer sostenibles tales decisiones. Ante la inacción de las autoridades el surgimiento y la apuesta por la organización de los propios jóvenes: plataformas, mesas redes, etc, que demanden y exijan la satisfacción de sus derechos recogidos y consagradas en la ley de Juventudes.


[1] ENAHO IV Trimestre 2002 - INEI

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